Incapacidad Laboral



1.- COMUNICACIÓN DE BAJAS, CONFIRMACIONES Y ALTAS.

Las bajas, confirmaciones y altas deben comunicársenos en los 3 días siguientes a la emisión del correspondiente parte médico, enviándonos dicho documento escaneado en la mejor calidad, de modo que permita la correcta lectura de todos los datos.

2.- ACCIDENTES DE TRABAJO.

Las bajas y altas deben comunicársenos en los 3 días siguientes a la emisión del correspondiente parte médico, enviándonos dicho documento escaneado en la mejor calidad, de modo que permita la correcta lectura de todos los datos. Además, han de indicársenos los siguientes extremos: día y hora de producción, lugar exacto de producción, causa del siniestro, tipo de lesiones (si no las contiene ya el parte médico) e identidad y datos de contacto de los testigos que eventualmente puedan existir.

Igualmente hay que avisar inmediatamente a la empresa con la que se tenga contratada la vigilancia de los riesgos laborales.